La Federación Estatal de Sindicatos Veterinarios (Fesvet) se ha dirigido al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para informarle del "profundo malestar" que está generando en la profesión veterinaria la aplicación del operativo PRESVET y solicitarle su "retirada inmediata".
Paralelamente, han iniciado una ronda de contactos con los principales activos de la profesión veterinaria para fijar un calendario de movilizaciones que permitan "revertir la actual situación de desprecio institucional hacia el ejercicio profesional en todos sus campos de actuación. Aunque en esta ocasión, la gota que ha colmado el vaso ha sido la entrada en vigor, el pasado 2 de enero, de la obligatoriedad de la comunicación de los datos de las prescripciones veterinarias para medicamentos antimicrobianos a través de PRESVET", subrayan.
A continuación reproducimos la carta íntegramente.
“Estimado Sr. Presidente,
No hay ninguna duda que los veterinarios, como profesionales sanitarios comprometidos con la Salud Pública, somos los más interesados en reducir el riesgo de selección y diseminación de resistencia a los antimicrobianos y, consecuentemente, minimizar el impacto de este problema sobre la salud de las personas, de los animales y del medio ambiente, preservando de manera sostenible la eficacia de los antibióticos existentes, objetivo fundamental del Plan Nacional frente a la Resistencia a los Antibióticos (PRAN). De hecho, desde que fue aprobado el PRAN en el año 2014, y según se refleja en su último Informe Anual 2022-2023, en el área de salud humana se ha registrado una reducción del 17%, mientras que en el área de sanidad animal ha disminuido un 69,5 %, lo que pone de manifiesto la responsabilidad y sensibilidad especial de la Comunidad Veterinaria para situar a España como el 1º país con mayor reducción de consumo de antibióticos veterinarios a nivel europeo.
Sin embargo, la entrada en vigor de la obligatoriedad de la comunicación de los datos de las prescripciones veterinarias para medicamentos antimicrobianos, a través de PRESVET (Sistema Informático Central de Control de Prescripciones Veterinarias de Antibióticos), desde el pasado 2 de enero de 2025, de conformidad a lo establecido en la disposición final quinta del Real Decreto 666/2023, de 18 de julio, con el fin de adaptar la normativa española al Reglamento (UE) 2019/6 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, sobre medicamentos veterinarios, está generando un profundo malestar en la profesión veterinaria, especialmente entre los veterinarios clínicos facultativos asistenciales de pequeños animales. Éstos entienden que la burocracia que se está generando con la actual legislación, y la aplicación PRESVET, está entorpeciendo su labor, anulando el buen criterio clínico y repercutiendo negativamente en la salud del paciente y en la economía de sus tutores o propietarios. Concretamente manifiestan, y desde Fesvet compartimos, que con la implementación de PRESVET se está limitando la toma de la mejor decisión clínica, poniendo en riesgo en determinadas ocasiones la vida de los pacientes, se entorpece la atención a los animales sin identificar, no se pueden gestionar adecuadamente los excedentes de medicamentos, se aumenta el riesgo de automedicación, se incrementan los costes de los tratamientos, se propician sanciones desproporcionadas y se desincentiva, e incluso criminaliza, la importante labor diaria de los profesionales veterinarios.
Por ello, esta legislación draconiana recogida en el R.D. 666/2023, está generando un punto crítico en el sector de los animales de compañía, que percibe estos cambios como una barrera más en la atención de las mascotas y sitúan al veterinario en el punto de mira de sus críticas.
A pesar de que para los veterinarios del ámbito de la clínica de los animales de producción, y en la asistencia equina, la aplicación del operativo PRESVET no supone ninguna novedad, pues ya está implementada con anterioridad a la entrada en vigor del R.D. 666/2023, y de que el uso de antimicrobianos en el sector de animales de compañía apenas supone el 1% de toda la producción de la industria farmacéutica para este grupo de productos, la implementación desde el 2 de enero de 2025 de este sistema de transmisión electrónica de antibióticos en la clínica de animales de compañía está generando una carga administrativa y unos problemas y fallos aplicativos que merman hasta límites inusitados la capacidad de actuación y el trabajo del ejercicio clínico diario, que precisa una revisión inmediata de esta normativa.
Tampoco puede servir de excusa la adaptación a la normativa europea, pues el Reglamento (UE) 2019/6 marca un plazo de 8 años en el apartado 54, letra c, para su implementación en las especies no productoras de alimentos. En concreto, la EMA (European Medicines Agency) establece la necesidad de recopilar datos sobre antimicrobianos usados en animales de compañía para el año 2029, y el proyecto ESVAC (European Surveillance of Veterinary Antimicrobial Consumption) ya contempla la monitorización de la medicina veterinaria, permitiendo la recogida indirecta de los datos sin la intervención del veterinario prescriptor y, por tanto, minimizando en gran medida la carga burocrática que está generando PRESVET.
Del mismo modo, no nos parece suficiente la “Nota Aclaratoria sobre la aplicación de medicamentos veterinarios en animales de compañía no identificados conforme al R.D. 666/2023, por el que se regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios” emitida al unísono, el pasado 15 de enero, por el Ministerio de Agricultura, P. y A. (D. G. de Sanidad de la Producción Agroalimentaria y Bienestar Animal) y el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 (D. G. de Derechos de los Animales), pues no resuelve los problemas planteados, incrementa sobremanera la carga de trabajo administrativo y mantiene en todo lo alto la “espada de Damocles” de las sanciones a los veterinarios clínicos. Como también resulta insuficiente la disminución de las sanciones que parece se está tramitando a través de la futura ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario. El aplicativo PRESVET debe revisarse en su totalidad y abrirse un debate sosegado y viable que permita una regulación práctica y colaborativa entre todas las partes involucradas.
Finalizamos recordándole que, tal y como se recoge en el artículo 8.2 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y en el artículo 6.2.d de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, son competencias reservadas a la profesión veterinaria las referidas a la defensa de la vida humana frente a las amenazas que puedan surgir de la vida animal. Siendo las resistencias a antimicrobianos originadas en los animales de compañía claramente uno de estos supuestos, parece carecer de lógica, proporcionalidad y respeto al objeto de la norma, que después se pretenda hacer del facultativo veterinario un actor subordinado al que hay que controlar a golpe de sanción, en lugar de un actor protagonista y principal con el que hay que contar proactivamente para que lidere y dirija la vigilancia, el control y la lucha frente a este riesgo; como decimos, no sólo por ser de su competencia, sino por ser realmente una de sus reservas de actividad como profesión sanitaria regulada a nivel de licenciado.
Desde la Federación Estatal de Sindicatos Veterinarios (Fesvet) mostramos nuestro total apoyo al conjunto de los veterinarios, y especialmente a los facultativos clínicos afectados por esta normativa. Y por lo expuesto, solicitamos al presidente del Gobierno:
1º.- Que traslade al Ministro de Agricultura, P. y A., D. Luis Planas Puchades, y al de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, D. Pablo Bustinduy Amador, el profundo malestar de toda la comunidad veterinaria por la puesta en marcha de la plataforma PRESVET en el ámbito clínico de los animales de compañía, y proceda a su retirada inmediata hasta que sea consensuada su implementación con los representantes del colectivo veterinario, si es que realmente fuera necesaria en el momento actual.
2º.- Que ponga en marcha los cambios legislativos apropiados para que las actividades veterinarias, incluidas las de los animales de compañía, tengan un IVA reducido que evite tensionar, innecesaria e injustamente, un sector que tanto contribuye a la defensa y mejora de la Salud Pública.
3º.- Que valore la oportunidad de revertir la tutela y adscripción de todas las actividades veterinarias en el Ministerio de Sanidad al que, como el resto de profesiones sanitarias, pertenece la profesión veterinaria desde la primera regulación de las mismas, y actualmente enmarcado en la Ley 44/2003, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias”.