El pasado mes de septiembre se produjo un hito histórico en la justicia española: se dio el primer caso de custodia compartida de un animal en el que la parte demandante consiguió una “indemnización por los daños morales causados al privársele indebidamente de la compañía de su animal por un periodo de 10 meses”, enfatiza Lola García, la abogada de la demandante y fundadora del despacho de abogados Derecho & Animales.
Los protagonistas de este caso son Heman, un perro de raza Husky Siberiano, y una antigua pareja. Tras tomar de forma conjunta la decisión de tener un perro, la pareja compró a Heman, cuando aún mantenían una relación sentimental, ocupándose ambos del cuidado del animal.
Al producirse la ruptura de la relación, la antigua pareja acordó un régimen de tenencia y custodia compartida del perro. Sin embargo, quince meses después, el demandado decidió, de forma unilateral e injustificada, incumplir el acuerdo, impidiendo a su ex pareja tener a Heman con ella.
“Este caso es un poco especial”, recalca la abogada. “Por primera vez hemos conseguido que el periodo que la demandante ha estado sin contacto con su animal, que ha sido de 10 meses y por decisión unilateral de la otra parte, sea indemnizada en concepto de daños morales. Eso es lo que hace diferente esta sentencia”.
Aunque el demandado intentó justificarse alegando que los registros de Heman estaban a su nombre, la sentencia es clara en este punto: la tenencia del animal no está “necesariamente vinculada a la propiedad, sino al bienestar del animal, partiendo de los vínculos afectivos”. Por esta razón, resulta indiferente a nombre de quién aparezca su documentación.
Asimismo, el tribunal ha aclarado que no hay ninguna prueba de que la demandante haya descuidado la atención del perro, por lo que no había ninguna razón para que el hombre incumpliese el acuerdo.
Finalmente, la jueza Carmen Martínez Ruiz, quien es titular del Juzgado de Primera Instancia 68 de Madrid, ha fallado a favor de la demandante y ha acordado que ella es “co cuidadora y corresponsable del perro Heman” y, por esta razón, se establece un régimen de tenencia compartida que implica que cada uno de los corresponsables tendrá consigo a Heman durante la mitad de cada mes.
Asimismo, ha condenado al demandado al pago de 600 euros en concepto de indemnización por el daño moral ocasionado por la ruptura unilateral del sistema de cuidado conjunto acordado en su día, tal y como recalca la sentencia.
“Espero que sirva para que la gente que utiliza a los animales para hacer daño a la otra persona, que es responsable del animal igual que él, se lo piense antes, porque le va a costar dinero”, enfatiza la abogada de la mujer que ha interpuesto la demanda. Asimismo, ha declarado en sus redes que, desde el despacho, “estamos muy felices por seguir dando pasos hacia el reconocimiento y la protección del vínculo entre animales y humanos”.