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Diputados comienzan a presentar propuestas de ley para las recientes reformas en bienestar animal
EDICIÓN

Diputados comienzan a presentar propuestas de ley para las recientes reformas en bienestar animal

La iniciativa pretende dar cumplimiento al artículo segundo transitorio de la reforma constitucional en materia de bienestar, cuidado y protección de los animales, aprobada recientemente por el Congreso de la Unión y publicada en el Diario Oficial de la Federación
Diputados comienzan a presentar propuestas de ley para las recientes reformas en bienestar animal
Diputada Gabriela Benavides Cobos.

La diputada Gabriela Benavides Cobos presentó una iniciativa para expedir una Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales, con la finalidad de que todas las especies sean respetadas, se prohíba el sufrimiento, maltrato o crueldad, y se promueva una cultura de cuidado.

 

La reforma, turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para opinión, sugiere que las autoridades y la sociedad en general traten a los animales con respeto y dignidad durante toda su vida.

 

Asimismo, que dispongan de los avances en ciencia y tecnología para garantizar el bienestar animal y prevenir su sufrimiento, así como establecer que ningún animal será sometido a maltrato o crueldad; si su muerte es necesaria, ésta será a través de métodos indoloros.

 

Además, deberán implementar acciones educativas mediante programas dirigidos a niños y adolescentes y a la población en general para promover una cultura de cuidado y trato respetuoso hacia todas las especies animales.

 

Con la aprobación de esta ley, se lograría sancionar a quienes causen la muerte a los animales utilizando cualquier medio que prolongue su agonía, u ocasionen el deceso de animales sanos sin causa o motivo legalmente justificado. Se excluyen de esta prohibición los animales para consumo humano.

 

También, a quien genere cualquier mutilación, alteración de la integridad física o modificación negativa de sus instintos naturales que no tenga un fin médico veterinario relacionado con la salud del animal, o que no se efectúe bajo causa justificada y cuidado de un especialista.

 

Atención médico veterinaria contemplada en la propuesta de ley

 

Asimismo, se sancionará a quien no brinde a los animales atención médico-veterinaria cuando lo requieran o lo determinen las condiciones para el bienestar animal; los prive de aire, luz, alimento, agua, espacio, abrigo contra la intemperie y alojamiento adecuado acorde a su especie, y los abandone en la vía pública o los mantenga en situación de abandono.

 

Además, celebrar espectáculos públicos con animales en los que se ejerza violencia contra los mismos para causarles la muerte o utilizarlos con fines sexuales, hacerlos ingerir bebidas alcohólicas o suministrar drogas sin fines terapéuticos o de investigación científica, o usarlos en la celebración de rituales.

 

Animales de compañía

 

La diputada Benavides Cobos también busca estipular en la Ley que toda persona que posea un animal de compañía deberá proveer alojamiento higiénico, ventilado y cómodo, de acuerdo con la especie animal; otorgar alimento nutritivo y agua limpia, en cantidad suficiente, brindar atención médica veterinaria, asegurar su bienestar y manejar a los animales de tal manera que no experimenten miedo, angustia o sufrimiento innecesarios.

 

Sanciones

 

Las sanciones que se contemplan van desde las amonestaciones con apercibimiento, multa, arresto administrativo y reparación del daño, consistente en el pago de la atención médica veterinaria, medicamentos, tratamientos y/o intervención quirúrgica en los animales, así como la asistencia a cursos sobre la importancia del bienestar animal para asegurar la no repetición del daño.

 

El documento recalca que la imposición de multas se hará a partir de la gravedad de la falta y las condiciones económicas del infractor, de acuerdo con el siguiente tabulador: de 30 a 100 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), de 100 a mil veces la UMA, y de mil a cinco mil veces la UMA diaria vigente.

 

La iniciativa pretende dar cumplimiento al artículo segundo transitorio de la reforma constitucional en materia de bienestar, cuidado y protección de los animales, aprobada recientemente por el Congreso de la Unión y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de diciembre de 2024.

 

En él, se propone que los planes y programas de estudio de las escuelas de todo el país deben incluir la protección de los animales, prohibir su maltrato y el deber del Estado de garantizar su protección, trato adecuado y conservación. Faculta al Congreso de la Unión a expedir leyes generales de protección a los animales.

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