La Audiencia Provincial de Madrid ha emitido una sentencia, a la que ha tenido acceso Diario Veterinario, en la que una demandante interpuso una denuncia al veterinario y a la clínica veterinaria tras una fatídica intervención quirúrgica que, finalmente, acabó en la muerte de su perra. En la demanda se señaló que el animal, una perra de raza yorkshire de diez años, había fallecido a consecuencia de “una negligencia tras la operación de mastectomía de la cadena mamaria izquierda a la que fue sometida el 11 de junio del 2020”.
Según recoge la sentencia, la perra comenzó a encontrarse mal horas después de la intervención. Al encontrarse cerrada la clínica en que había sido operada, la clienta la trasladó a otra clínica de urgencias, donde falleció.
Aunque el fallecimiento se produjera en otro establecimiento, el informe pericial apunta que “las posibles causas de la muerte están relacionadas con los riesgos previsibles de la cirugía”.
En un primer momento la demanda fue desestimada por un Juzgado de Primera Instancia, pero la parte demandante interpuso un recurso de apelación admitido por la Audiencia Provincial de Madrid.
Según recoge la sentencia, el consentimiento informado es un elemento esencial de la lex artis y, como tal, forma parte de toda actuación asistencial “constituyendo una exigencia ética y legalmente exigible a los miembros de la profesión médica”.
Esto implica que el responsable del paciente debe ofrecer las distintas soluciones para que los clientes puedan valorar las posibles consecuencias de la intervención y, de esta forma, rechazar o demorar una determinada terapia o, incluso, acudir a otro especialista. “El consentimiento informado incluye el diagnóstico, pronóstico y alternativas terapéuticas, con sus riesgos y beneficios”, recuerda la sentencia.
Asimismo, la sentencia apela al Código Deontológico, aprobado por la Asamblea General de Presidentes de Colegios Veterinarios, que establece que “el veterinario tiene el deber de informar al cliente, en un lenguaje comprensible, del diagnóstico y opciones de tratamiento de las patologías padecidas por el animal. Asimismo, debe formular sus prescripciones con total claridad y dar al cliente todas las explicaciones útiles sobre la terapia establecida y la prescripción aplicada”.
Con respecto a esto, la Audiencia declara que el documento por escrito con la autorización de la demandante especifica el procedimiento quirúrgico al que se iba a someter la perra, pero se había informado a la clienta del tratamiento, consecuencias, riesgos, complicaciones posibles y cuidados posteriores con información verbal, “que en todo caso debía ser acreditada en cuanto a su exacto alcance para poder calibrar si la misma fue adecuada o no”.
Al tratarse de información verbal, la sentencia reconoce que “no consta de que la demandante otorgara un consentimiento informado en los términos exigidos”.
En consecuencia, la magistrada declara que la deficiencia del consentimiento informado “constituye una mala praxis” y, por tanto, la tutora del perro fallecido debe recibir una indemnización.
Finalmente, se ha estimado en parte la demanda y ha condenado a la clínica y al veterinario responsable de la atención médica del paciente con el pago de 1839,79 euros.