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Hasta cinco años de prisión por cometer maltrato animal en Jalisco
EDICIÓN

Hasta cinco años de prisión por cometer maltrato animal en Jalisco

Se ha establecido que a quien provoque la muerte a un animal se le impondrán de tres a cinco años de prisión, multa de 200 a 1,000 veces el valor diario de la UMA y trabajo en libertad en beneficio de la comunidad
Congreso de Jalisco
Las multas por daño animal se avalaron en sesión extraordinaria presidida por la diputada Claudia Murguía Torres en el Congreso del Estado de Jalisco.

En sesión extraordinaria presidida por la diputada Claudia Murguía Torres, se avaló en segunda letra, sancionar de ocho a 18 meses de prisión, multa de 70 a 150 veces el valor diario de Unidad de Medida y Actualización (UMA), y trabajo en libertad en beneficio de la comunidad, a quien de manera intencional realice actos de maltrato y crueldad animal, sin que ponga en peligro su vida, causando y que de manera evidente se refleje daño en la salud del animal, sin afectar de manera permanente el desenvolvimiento y las funciones propias de este.

 

Asimismo, se impondrán de 12 meses a dos años de prisión, multa por el equivalente de 200 a 600 veces el valor diario de la UMA y trabajo en libertad en beneficio de la comunidad, a quien, con la intención de causar un daño a un animal, realice actos de maltrato y crueldad que lesionen de forma evidente y afecten de manera permanente las funciones físicas de un animal o que pongan en riesgo la vida de este.

 

El dictamen señala que "cuando el delito se cometa en perjuicio de los animales que se encuentren bajo su resguardo, la pena se agravará en una mitad y se asegurará a los animales maltratados".

 

Además, en los casos de reincidencia o de abandono de animales en la vía pública o la desatención por periodos prolongados en propiedad privada que pueda comprometer su bienestar, se impondrá una pena de uno a cuatro años de prisión y multa por el equivalente de 200 a 600 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

 

Asimismo, se establece que a quien provoque la muerte a un animal, se le impondrán de tres a cinco años de prisión, multa de 200 a 1,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, y trabajo en libertad en beneficio de la comunidad, la inhabilitación profesional en caso de ejercer profesión relacionada con el cuidado animal, así como el aseguramiento de los animales que estén bajo su resguardo.

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