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“Con la nueva ley, el informe clínico veterinario es fundamental”

“Con la nueva ley, el informe clínico veterinario es fundamental”

El 29 de septiembre entró en vigor la Ley 7/2023 de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales
Luis Villares, Lucía Girón, María del Camino Ferrero y David Santos (1)
De izq. a dcha.: Luis Villares, Lucía Girón, María del Camino Ferrero y David Santos.

El Colegio Oficial de Veterinarios de Lugo ha organizado una mesa redonda informativa sobre la Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales en el auditorio de la Facultad de Veterinaria  de Lugo. En ella han participado Luis Villares Naveira, Magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia; Lucía Girón Conde, Fiscal Delegada en Lugo de la Red Española de Fiscales de Medio Ambiente, Urbanismo, Patrimonio Histórico y Maltrato Animal; y David Santos Río, Letrado de la Administración de Justicia. José Luis Benedito Castellote, presidente del Colegio, declaró que “es un servicio del Colegio de Veterinarios el poder llegar a la población para que tengan un poco más clara esta ley de bienestar”. María del Camino Ferrero Otero, miembro de la junta directa del Colegio, moderó la jornada.


Esta norma supone “unos desafíos interpretativos, como cada vez que se presenta una ley nueva”, indicó Luis Villares. Explicó el régimen sustantivo de los animales, que es qué significa un animal como ser vivo para el régimen jurídico español “y a partir de ahí, qué régimen se le dispensa”. Añadió que la ley estatal “da las bases para la protección de los animales”, lo que supone que las leyes autonómicas “no pueden protegerlos menos de lo que ahí se indica, pero sí pueden protegerlos más”. Por otro lado, matizó que algunos aspectos todavía están a la espera de ser desarrollados, y hasta que no lo estén no se penalizará su incumplimiento. Recordó que todavía “no habrá que hacer el curso para tener perro porque no hay reglamento que lo desarrolle”.


NOVEDADES DE LA LEY


Esta ley recoge algunas novedades, expuso Lucía Girón. Por ejemplo, “por primera vez se recoge un título exclusivo en el Código Penal para delitos contra los animales y se reconoce la responsabilidad penal de las personas jurídicas”. Añadió que el maltrato animal se puede producir por acción o por omisión, “pero el delito de maltrato animal siempre requiere intención”. Además, el elemento de “animal protegido” se amplía a todos los animales vertebrados, “aunque las posibles infracciones son más graves si el maltrato se causa a una mascota”, señaló la fiscal.


En cuanto a las garantías para incriminar el maltrato animal, en la fase preprocesal tiene mucha importancia “la ciudadanía, las fuerzas de seguridad y los veterinarios para poder detectar estas conductas”, apuntó David Santos. Según explicó, "el informe clínico veterinario es fundamental", porque “en la nueva ley se establece que para que exista maltrato el animal debe necesitar cuidados veterinarios”. En la fase procesal “la prueba pericial veterinaria es prioritaria para poder determinar los malos tratos y la causa de la muerte, con lo que el fiscal podría acusar de maltrato animal”. En relación con esto, “sería interesante que el Ministerio de Justicia adscribiera también a veterinarios forenses”, agregó.


Al finalizar el encuentro se abrió un turno de preguntas para que los profesionales veterinarios presentes planteasen sus dudas sobre la nueva ley que entrará en vigor el viernes. Los tres juristas resolvieron cuestiones relativas a la esterilización de los animales, la identificación de gatos y hurones, el listado positivo, el seguro obligatorio de responsabilidad civil o la eutanasia.


La nueva ley puede significar en el “cortísimo plazo algún caso de abandono, pero en el medio y largo plazo supondrá un descenso en el número de abandonos, porque habrá un mayor control en la población de animales de compañía. El objetivo es la tasa de abandono cero”, concluyeron los ponentes.

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