La reciente aprobación en el Congreso de la Ley de Bienestar Animal ha provocado una intensa inquietud entre los profesionales y empresarios del sector. Durante los meses posteriores a dicha aprobación, la Asociación Española de la Industria y el Comercio del Sector del Animal de Compañía (Aedpac), ha atendido multitud de consultas de distribuidores, fabricantes y especialmente de comerciantes detallistas de toda España que reclamaban información objetiva y veraz sobre las nuevas exigencias y modificaciones previstas en dicha ley para la comercialización y adquisición de mascotas.
Ante esta situación, y una vez constatado el hecho, explica la asociación, de que “la desinformación y la rumorología sobre el contenido de dicha ley es muy extendida, no sólo entre el ciudadano sino entre los propios medios de comunicación”, la asociación ha editado una infografía que responde con un lenguaje fácil y entendedor a los interrogantes que suscita dicha ley.
Del mismo modo y con el objetivo de informar a los ciudadanos responsables de un animal de compañía, la asociación realiza un llamamiento a todos los profesionales del sector para garantizar la máxima difusión entre clientes, proveedores, medios de comunicación, administración pública, comercios, etc y evitar en lo posible el efecto ralentización en la venta de los servicios y productos que pudieran generarse entre los diferentes operadores de la cadena de valor del sector: servicios veterinarios, alimentación, productos, complementos y servicios.
Los puntos tratados en el decálogo son, entre otros, la prohibición de ciertos animales. La asociación explica que “la gran mayoría de los animales que se están comercializando en la actualidad se podrán seguir vendiendo y teniendo de acuerdo con la ley”.
Respecto a la venta de los mismos, explican que salvo perros gatos y hurones, “los conejos, las cobayas, reptiles, roedores, periquitos, canarios, peces y tortugas, se podrán seguir vendiendo en comercios especializados”.
En cuanto a la esterilización de las mascotas, el decálogo indica que solo será obligatorio en dos casos, “para gatos, que se deberán identificar con microhip y esterilizar antes de los 6 meses de edad, y en el caso de la adopción de perros y hurones, en los que la entidad protectora deberá esterilizar al animal antes de la adopción”.
Asimismo, con la entrada en vigor de la nueva ley, el tutor debería procurarle al animal un espacio adecuado, mantenerlo limpio, hidratado y alimentado; acudir al veterinario para su revisión periódica; y contratar un seguro de responsabilidad civil.
Por otra parte, también recoge aspectos como el mal denominado "DNI para animales de compañía", el famoso curso para ser tutor de una mascota o la compra de animales por Internet o en tiendas.