El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha publicado la Resolución de 31 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agroalimentaria y Bienestar Animal, por la que se modifica el anexo I de la Orden APA/1251/2020, de 21 de diciembre, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul, y la Resolución de 31 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agroalimentaria y Bienestar Animal, por la que se modifica el anexo de la Orden APA/1043/2024, de 30 de septiembre, por la que se establecen medidas específicas de protección y control frente al serotipo 3 del virus de la lengua azul en España.
Así. hay nuevas zonas restringidas frente al serotipo 3 del virus de la lengua azul en Andalucía, Extremadura, Castilla y León, Castilla-La Mancha y Comunidad de Madrid.
Frente al serotipo 1 del virus de la lengua azul en Andalucía, Extremadura, Castilla y León, Castilla- La Mancha y Comunidad de Madrid.
Por otra parte, frente al serotipo 4 del virus de la lengua azul, hay zonas restringidas en Andalucía, Extremadura, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunidad de Madrid, Galicia, Principado de Asturias, Cantabria, Región de Murcia y Comunidad Valenciana.
Finalmente, las zonas restringidas frente al serotipo 8 del virus de la lengua azul se sitúan en Cataluña, Aragón, Islas Baleares, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunidad de Madrid, Extremadura, Andalucía, País Vasco y Comunidad Foral de Navarra.
Pueden consultar las nuevas zonas restringidas en los diferentes enlaces mencionados anteriormente.