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Abrirán convocatoria para ser perito veterinario
EDICIÓN

Abrirán convocatoria para ser perito veterinario

​Los médicos veterinarios zootecnistas interesados en formar parte de la lista de personas que podrán fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación en 2025, podrán enviar su documentación del 2 al 13 de septiembre de 2024
Consejo de la Judicatura Federal
Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.

El Consejo de la Judicatura Federal ha emitido una convocatoria para integrar la lista de personas que podrán fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación en 2025, entre ellos los médicos veterinarios zootecnistas capacitados para formular dictámenes periciales dirigidos al auxilio de la administración de justicia. 


Su función será auxiliar con sus conocimientos a los órganos jurisdiccionales, auxiliares y administrativos, así como a las unidades administrativas del Consejo de la Judicatura Federal que lo requieran en el desahogo de los asuntos de su competencia.


Su participación se dará bajo el régimen de profesionistas independientes, por lo que deberán expedir comprobantes fiscales digitales autorizados de conformidad con la legislación fiscal vigente; asimismo, la inclusión en la lista de un aspirante, no le otorga certificación alguna de sus conocimientos por parte del Poder Judicial de la Federación.


Las personas interesadas deberán:


Contar con los conocimientos necesarios en las materias o especialidades en las que quieran participar como perito, comprobable mediante constancias oficiales que así lo acrediten, precisando que las personas interesadas podrán registrarse en un máximo de cinco materias o especialidades, con la finalidad de contar con una mayor especialización los expertos que emitan los dictámenes periciales requeridos. 


Tener un mínimo de cinco años de experiencia en el ejercicio profesional de cada una de las materias o especialidades en las que desee participar; además, contar con capacitación y/o experiencia metodológica para elaborar y desahogar dictámenes periciales ante las autoridades jurisdiccionales.


No desempeñarse como servidor público del Poder Judicial de la Federación; en caso de serlo de otras Dependencias o Entidades de la Administración Pública Federal, deberá informarlo y abstenerse de intervenir en los asuntos en donde la Institución en la que labore sea parte. 


Sujetarse a las disposiciones normativas del Consejo de la Judicatura Federal en todo lo relacionado con su función como perito, manifestando su conocimiento del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal. 


DOCUMENTOS


Las personas interesadas deberán presentar en formato físico y, adicionalmente, en versión digital (escaneada), contenida en un dispositivo de memoria USB, la siguiente documentación: 


NUEVO INGRESO


Formato de solicitud de nuevo ingreso debidamente requisitado, con fotografía tamaño infantil reciente adherida al mismo, suscrito a través de firma autógrafa. En dicha solicitud deberá manifestar bajo protesta de decir verdad su conformidad a sujetarse a los términos y condiciones de la presente convocatoria para formar parte de la lista, así como su pleno consentimiento respecto a que el Consejo de la Judicatura Federal a través de la Unidad, puede verificar en todo momento la veracidad de la información y los documentos exhibidos por los aspirantes; además, manifestar su conocimiento y aceptación de que la negación del servicio pericial sin causa justificada a alguno de los órganos del Poder Judicial de la Federación, puede considerarse una irregularidad y es susceptible de provocar la aplicación del mecanismo de exclusión de la lista previsto en la normatividad. 


Copia de identificación oficial (credencial para votar, pasaporte o cédula profesional con fotografía); currículum vitae, con fotografía reciente tamaño infantil, en el que incluya nombre completo, nacionalidad, debiendo precisar los datos de localización actuales, tales como número telefónico, domicilio y correo electrónico; copia de comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a tres meses; copia certificada del título y cédula profesional o representación impresa de título y cédula profesional electrónica, mediante los cuales pretenda acreditar la o las materias requeridas, o bien, en caso de no estar reglamentada la o las materias o especialidades, copia certificada de los documentos con los cuales pretenda acreditar el oficio, ciencia, arte, conocimiento o técnica en la que se desee registrar; estos documentos deberán estar vinculados a la materia o áreas del conocimiento respecto de las cuales se solicita el registro por los aspirantes.


El mínimo de cinco años de experiencia iniciará a partir de la expedición de la cédula emitida por la autoridad educativa correspondiente o de la emisión de los documentos a través de los cuales se pretenda acreditar la experiencia en cada una de las materias.


Copia de la documentación que acredite la capacitación y/o experiencia metodológica para elaborar y desahogar dictámenes periciales ante autoridades jurisdiccionales, la cual podrá consistir en copia de los dictámenes que hubiese rendido ante órganos jurisdiccionales, o bien, diplomas, certificados o algún documento relativo a la capacitación o formación recibida en materia pericial.


Constancia de situación fiscal y Aviso de Privacidad Integral de la Lista de Personas que pueden Fungir como Peritas o Peritos, suscrito a través de firma autógrafa o con FIREL.


Las copias certificadas que se acompañen a las solicitudes, deberán ser expedidas por notario público o corredor público.


ASPIRANTES A INTÉRPRETES O TRADUCTORES DE LENGUAS EXTRANJERAS


Además de la documentación mencionada, deberán presentar lo siguiente: 


Constancia, en copia certificada, que acredite la formación para desempeñarse como intérprete o traductor de una lengua extranjera de la cual se advierta el cómputo de la experiencia mínima de cinco años. 


Constancia, en copia certificada, que acredite el nivel de dominio de la lengua extranjera, que en ningún caso podrá ser menor al nivel C1, de acuerdo al Marco Común Europeo de Referencia o su equivalente.


Al respecto, el aspirante deberá acreditar ser capaz de comprender una amplia variedad de textos extensos y con cierto nivel de exigencia, así como reconocer sentidos implícitos en ellos; saber expresarse de forma fluida y espontánea sin muestras muy evidentes de esfuerzo para encontrar la expresión adecuada; poder hacer uso flexible y efectivo del idioma para fines sociales, académicos y profesionales; y, producir textos claros, bien estructurados y detallados sobre temas de cierta complejidad, mostrando un uso correcto de los mecanismos de organización. Lo anterior, será corroborado con el documento que así lo acredite.


La documentación respecto de la acreditación de la capacitación y/o experiencia metodológica para elaborar y desahogar dictámenes periciales ante autoridades jurisdiccionales, podrá cumplimentarse con documentación que acredité la experiencia fungiendo con carácter de persona intérprete o traductora ante autoridades administrativas o jurisdiccionales, en el que se advierta el número de procedimiento, el carácter con el que la persona aspirante participó y la fecha de intervención.


En relación con los intérpretes y traductores cuya lengua nativa sea diferente al español, adicionalmente a los requisitos anteriores, deberán presentar copia certificada del documento que acredite el dominio del español. Para el caso de intérpretes o traductores de una lengua indígena y sus variantes, podrán acreditar su pericia presentando original y copia para su cotejo y certificación de la constancia en la cual se establezca la lengua o dialecto que se habla, con la variante o región de donde es originaria u originario, expedida por autoridad o institución pública o privada. 


ACTUALIZACIÓN


Quienes contaron con registro vigente en la lista de personas que pueden fungir como peritos correspondiente a 2022, el cual tuvo vigencia de tres años, deberán ingresar una nueva solicitud de ingreso únicamente por lo que hace a las materias o especialidades en las que ya contaban con el registro correspondiente. Para lo anterior, los peritos deberán presentar la siguiente documentación:


“Formato de nueva solicitud para los peritos registrados en la Lista 2022”, debidamente requisitado, signado mediante firma autógrafa original o FIREL; manifestando bajo protesta de decir verdad que cumple con la normativa vigente y requisitos señalados en la presente convocatoria, así como su pleno consentimiento respecto a que el Consejo de la Judicatura Federal, a través de la Unidad de Peritos Judiciales, podrá verificar la veracidad de la información y los documentos exhibidos por los aspirantes o, en su caso, requerir constancias actualizadas.


Currículum vitae actualizado, en el que se refleje la formación y capacitación, así como la experiencia laboral, en la profesión, oficio, ciencia, arte, conocimiento o técnica en la o las materias en las que se encuentra registrada o registrado.


Diplomas, constancias, certificados, o cualquier otra documentación en la que se advierta su actualización profesional, presentada en copias simples.


Aviso de Privacidad Integral de la Lista de Personas que Pueden Fungir como Peritas o Peritos, suscrito a través de firma autógrafa.


Por otra parte, los peritos que ingresaron a la lista en los años 2023 y 2024, y que no recibieron reporte por parte de algún solicitante, ni fueron sancionados mediante el mecanismo de exclusión, continuarán con su registro vigente en la lista para este año; por lo que durante el periodo comprendido por las etapas de recepción de documentos, análisis de solicitudes e integración de la lista, únicamente deberán presentar su Aviso de Privacidad Integral de la Lista de Personas que pueden Fungir como Peritas o Peritos, para lo cual podrán emplear los siguientes medios: 


Digital: cuando el aviso sea firmado con firma electrónica, e.firma o FIREL, se deberá remitir correo electrónico dirigido a la cuenta: upj.listaperitos2025@correo.cjf.gob.mx;   para la suscripción mediante FIREL, se puede consultar el manual para realizar en línea el trámite para obtenerla en la siguiente dirección electrónica: https://w3.cjf.gob.mx/firmaelectronica


Mensajería o correo certificado: se deberá remitir con firma autógrafa, en sobre cerrado, a la Unidad de Peritos Judiciales, ubicada en Avenida Insurgentes Sur 1888, colonia Florida, alcaldía Álvaro Obregón, C.P. 01030, en la Ciudad de México. 


Los aspirantes que ya forman parte de la lista y que presenten su solicitud en una especialidad adicional o diferente de aquella o aquellas en la que se encuentran registrados, deberán cumplir con los requisitos y términos para nuevo ingreso, siempre que la suma del número total de registros en ningún caso exceda de cinco materias o especialidades, debiendo cumplir con todos y cada uno de los requisitos establecidos. 


CÓMO APLICAR


Todas las solicitudes de ingreso a la lista deberán remitirse en días hábiles del 2 al 13 de septiembre de 2024, por mensajería o correo certificado, adjuntando en sobre cerrado todos los documentos y requisitos, a la Unidad de Peritos Judiciales, ubicada en Avenida Insurgentes Sur 1888, Planta Baja, colonia Florida, alcaldía Álvaro Obregón, C.P. 01030, en la Ciudad de México. La documentación deberá presentarse en el orden que se señala; omitiendo su integración en carpetas o engargolados. 


Los formatos de solicitudes y el aviso de privacidad integral pueden ser consultados y descargados en las siguientes páginas:


Formato de solicitud de nuevo ingreso o de nueva solicitud para las y los peritos registrados en la Lista 2022: www.cjf.gob.mx; y Aviso de privacidad Integral: https://www.cjf.gob.mx/transparencia/resources/avisosPrivacidad/Aviso_Integral_Lista_Personas_Pueden_Fungir_Como_Peritas_Peritos-02022023.pdf


Los formatos señalados deberán ser llenados a máquina o computadora; es responsabilidad de los aspirantes que el llenado se realice de la forma en la que aparece en los documentos remitidos, debiendo precisar en su caso, el domicilio actualizado y bajo el cual se tendrá que asignar el Circuito Judicial al que quedará registrado, en el supuesto de que las documentales exhibidas consideren domicilios distintos.


Los documentos expedidos por autoridades extranjeras deberán estar apostillados, en su caso, legalizados; asimismo, todos aquellos que se encuentren redactados en un idioma diferente al español se acompañarán de la traducción que corresponda, realizada por un profesionista distinto al aspirante; asimismo, tratándose de solicitudes presentadas por extranjeros, deberán exhibir copia certificada del documento que acredite que su situación migratoria les permite laborar en el país.


Los aspirantes que pretendan acreditar materias o especialidades con estudios realizados en el extranjero, deberán presentar la documentación que permita constatar su revalidación ante las autoridades educativas mexicanas correspondientes.


Se ha habilitado el correo electrónico upj.listaperitos2025@correo.cjf.gob.mx, para la recepción y entrega de notificaciones, solicitudes de información, así como requerimientos, tanto por parte de la Unidad de Peritos Judiciales, como por los aspirantes.


RESULTADOS


Quienes no sean considerados para integrar la lista, podrán solicitar la devolución de los documentos entregados por mensajería o correo certificado, en un plazo de tres días hábiles, contados a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, la cual tiene efectos de notificación. Transcurrido dicho plazo se procederá a la destrucción de la documentación sin que exista prórroga u obligación respecto del resguardo de ésta.


La lista de personas que pueden fungir como peritos será publicada del 2 al 15 de diciembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación, y en el portal del Consejo de la Judicatura Federal en internet e intranet.

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