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El plan de emergencias por incendios forestales en Cataluña incluye a los animales
EDICIÓN

El plan de emergencias por incendios forestales en Cataluña incluye a los animales

​La revisión del Plan INFOCAT llevada a cabo el pasado 26 de marzo establece las medidas de protección de obligado cumplimiento, en línea con la reivindicación histórica de INTERcids
Patricia plaja portavoz gobierno cataluña
Patrícia Plaja, portavoz del Gobierno de Cataluña.

La última revisión del Plan Especial de Protección civil de emergencias por incendios forestales en Catalunya (INFOCAT) se ha llevado a cabo incrementando en número e intensidad las medidas de protección, en las que se priorizarán las actuaciones sobre personas y animales, junto a bienes considerados protegidos, como los espacios naturales.


Según informa INTERcids, "entre las nuevas previsiones, se establece un apartado específico sobre protección de los animales, de manera que, en la evaluación de las necesidades de las personas afectadas en un incendio forestal, también han de garantizarse los derechos y el bienestar de los animales de compañía y de los silvestres en cautividad. Para ello, se deberá disponer de espacios adecuados que faciliten la atención a estos animales y, a su vez, el contacto o proximidad con sus responsables".


Para la implementación y efectividad de estas nuevas medidas, se refuerzan las directrices de colaboración entre las fuerzas y cuerpos de seguridad actuantes, con las Agrupaciones de Defensa Forestal (ADF) y las Administraciones Locales. Concretamente, el 80% de los municipios de Catalunya estarán obligados a elaborar un Plan de Actuación Municipal (PAM) en relación a la emergencia por incendio forestal, y el 20 % tiene la recomendación de hacerlo.


La nueva regulación no se olvida de los animales que se encuentran en explotaciones ganaderas, que tendrán que ser incluidas en el seguimiento y valoración de las afectaciones, de manera que si se produce un riesgo para la vida de estos animales o un impacto grave en su bienestar, se tendrá que posibilitar la llegada de comida y agua, pero valorándose en todo caso si será necesaria la evacuación. Se tendrán que prever también las posibles afectaciones en el transporte del sector ganadero, atendiéndose a las incidencias que se produzcan.


UNA REIVINDICACIÓN HISTÓRICA DE INTERCIDS


"Desde INTERcids, llevamos años trabajando por visibilizar la necesidad de inclusión de medidas de atención y protección de los animales en situaciones de emergencias, y en junio de 2023 participamos en el trámite de consulta pública previa sobre el Proyecto de Real Decreto que aprueba la Norma Básica de Protección Civil a nivel estatal, ante el Ministerio de Interior, al que trasladamos la necesidad de considerar a los animales como víctimas en las situaciones de emergencias, teniendo en cuenta además que, con frecuencia, las personas que tienen animales arriesgan sus propias vidas en el intento de salvarlos y, en el mismo orden de cosas, señalábamos también la importancia de no separarlos en el tratamiento post-emergencia", señala la organización de operadores jurídicos por los animales. 


Asimismo, apuntan que "si bien esta propuesta tuvo éxito al ser recogida finalmente en el Real Decreto 524/2023, de 20 de junio, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil, que en su Catálogo de riesgos -entre los que están los incendios forestales- hizo referencia a los animales de compañía, quedaron fuera de esta regulación el resto de propuestas de nuestra entidad, que insistían en la necesidad de extender la protección también a los animales silvestres, viviesen en cautividad o no, y a los animales de producción como a los núcleos zoológicos en general".


En este sentido, la organización celebra que la norma aprobada ahora en Catalunya "ofrece un marco más garantista, al haber tenido en cuenta los vacíos que ha dejado la norma estatal, con las previsiones concretas sobre animales silvestres en cautividad y animales en explotaciones ganaderas, si bien podemos considerar también incluidos a los animales silvestres en libertad en base a la protección específica de los espacios naturales, pero a efectos prácticos, la inclusión de los núcleos zoológicos con mención expresa en el ámbito de protección habría ofrecido una mayor seguridad jurídica tanto para la población como para las fuerzas actuantes en los supuestos de emergencias, disipando cualquier duda en la potestad de intervención".

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