Como parte de los trabajos del tercer año de la II Legislatura, el Congreso capitalino aprobó el dictamen por el que se aceptan parcialmente las observaciones realizadas por el jefe de Gobierno, Martí Batres Guadarrama, a las iniciativas para derogar, reformar y adicionar disposiciones de la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México.
En el pleno se aprobó también la reserva presentada por la diputada Adriana María Guadalupe Espinosa de los Monteros García, a fin de dejar en los términos de la ley vigente el artículo 25 fracción 21, y modificar el apartado único del decreto para ajustarlo a esta reserva.
Con este instrumento legislativo se atienden las observaciones al dictamen aprobado en el Congreso local el pasado 19 de octubre, a fin de asignar unidades de bienestar animal en las alcaldías, realizar esterilización masiva de animales en situación de calle y puntualizar la prohibición de la venta de animales en espacios de la vía pública.
El congresista Javier Ramos Franco, presidente de la Comisión de Bienestar Animal, expuso que en las modificaciones efectuadas se prohíbe la venta de animales vivos en mercados públicos, bazares y todos aquellos lugares que no cumplan con lo establecido en la ley; y que las alcaldías están facultadas para destinar recursos para campañas permanentes de esterilización gratuita para animales en situación de calle. Argumentó que con esta aprobación se sigue avanzando en el reconocimiento de los animales como seres sintientes establecido en la Carta Magna local, y se incrementa el cumplimento de la estrategia de bienestar de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA).
Con las modificaciones a esta ley, las alcaldías deberán destinar un porcentaje de su presupuesto anual para implementar campañas permanentes de esterilización de animales en situación de calle, y crear una unidad administrativa de protección y bienestar animal; además, se prohíbe ejercer actos de maltrato o crueldad o causar lesiones o sufrimiento a los animales utilizados en ritos y usos tradicionales.
Los cambios llevados a cabo consistieron en la modificación de la denominación de la ley referida; la reforma del párrafo primero del artículo 4; el párrafo primero y la fracción XIII del artículo 12; la fracción XXI del artículo 25; el artículo 38; el párrafo segundo del artículo 65 bis; el artículo 66 y, el artículo 70. Asimismo, se adicionó la fracción I Bis al artículo 4; las fracciones IX Bis, XII Bis, XIII Bis y XIII Ter al artículo 12; y, se derogó la fracción XXIII del artículo 4.
Los ordenamientos reformados también precisan que los animales para experimentos científicos, tesis profesionales y prácticas docentes deberán ser adquiridos en bioterios o granjas acreditados para tal fin; y los animales no se podrán atrapar, cazar ni comprar en mercados o en albergues, refugios o asilos.
Según estimaciones del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en las calles de la Ciudad de México habitan un millón 200 mil perros, con una tasa de crecimiento de 20 % anual, es decir, más de 18.000 ejemplares cada mes se encuentran sin hogar, por lo que la esterilización masiva es necesaria y urgente.
Por su parte, la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México (PAOT) señaló que dentro de las conductas que se denuncian, destaca que en el año 2020, de un total de 1.193 denuncias e investigaciones de oficio, el 40 % fue en materia de animales y no existe una sola demarcación territorial que no cuente con denuncias de violencia, maltrato y crueldad animal, por lo que es necesario contar con un marco normativo local que atienda las diversas problemáticas en la materia.