El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha anunciado un Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden APA/2442/2006, de 27 de julio, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la influenza aviar, para que se realicen las observaciones o sugerencias que se estime oportunas.
Según explican, la Orden APA/2442/2006, de 27 de julio, por la que se establecen medidas específicas de protección contra la influenza aviar, incluye, entre otras, la adopción de unas medidas específicas de bioseguridad en un listado de las marismas, riberas, franjas costeras o lacustres y cualquier otro humedal considerado como zonas de especial riesgo de introducción de la influenza aviar incluidas en el Anexo I, así como los factores de riesgo enumerados en los artículos 3 y 4.
"Desde la fecha de la última modificación, se ha obtenido nueva información sobre la existencia de concentraciones de aves silvestres, así como de sus rutas migratorias, lo que hace necesario revisar los humedales incluidos en el Anexo I de la Orden. Por lo tanto, es necesario modificar el Anexo I de la Orden APA/2442/2006, con objeto de actualizar los humedales de especial riesgo", señalan.
El plazo para envío de observaciones al texto comienza el 28 de febrero y finaliza el 19 de marzo de 2024, ambos inclusive.
Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: sganimal@mapa.es.