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Sacan a consulta pública el Real Decreto que establece la clasificación de las canales de vacuno y ovino
EDICIÓN

Sacan a consulta pública el Real Decreto que establece la clasificación de las canales de vacuno y ovino

El objetivo del proyecto es garantizar una adecuada interpretación de la normativa referente al sistema comunitario de clasificación de canales de vacuno y ovino, garantizando una aplicación homogénea en todo el territorio nacional español
Ministerio de agricultura mapa
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha sacado a consulta pública previa a la elaboración del texto del proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 815/2018, de 6 de julio, por el que se establecen disposiciones de aplicación relativas a la clasificación de las canales de vacuno y ovino y al registro y comunicación de los precios de mercado de determinadas categorías de canales y animales vivos.


El proyecto tiene como objetivo realizar modificaciones en el Real Decreto anteriormente mencionado para incorporar correcciones y precisiones que han sido detectadas en el tiempo de aplicación de la norma. Las modificaciones corresponden a correcciones y precisiones sobre aspectos relacionados con la aplicación homogénea en España del sistema comunitario de clasificación de canales.


El Real Decreto 815/2018 recoge aquellas especificidades que se dejaban en mano de los Estados miembros en el Reglamento n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 922/72, (CEE) n.º 234/79, (CE) n.º 1037/2001 y (CE) n.º 1234/2007, en el Reglamento Delegado (UE) n.º 2017/1182 de la Comisión, de 20 de abril de 2017, por el que se completa el Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a los modelos de la Unión de clasificación de las canales de vacuno, porcino y ovino y a la comunicación de los precios de mercado de determinadas categorías de canales y animales vivos, y en el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 2017/1184 de la Comisión, de 20 de abril de 2017, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a los modelos de la Unión de clasificación de las canales de vacuno, porcino y ovino y a la comunicación de los precios de mercado de determinadas categorías de canales y animales vivos.


A fin de realizar ciertos ajustes técnicos que permitieran una mejor comprensión del mencionado Real Decreto, en 2021 ya se introdujeron modificaciones en esta norma mediante el Real Decreto 145/2021, de 9 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 814/2018, de 6 de julio, por el que se establecen disposiciones de aplicación relativas a la clasificación de las canales de porcino y el Real Decreto 815/2018, de 6 de julio, por el que se establecen disposiciones de aplicación relativas a la clasificación de las canales de vacuno y ovino y al registro y comunicación de los precios de mercado de determinadas categorías de canales y animales vivos.


Sin embargo, en estos años de aplicación del Real Decreto se ha evidenciado la necesidad de realizar nuevas correcciones y reforzar la aplicación de la norma con precisiones adicionales sobre aspectos técnicos puntuales.


Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: sganaderos@mapa.es, indicando claramente la referencia: CONSULTA PUBLICA RD modif. 2024 RD 815 en el asunto de sus comunicaciones. 


El plazo para el envío de las observaciones y comentarios comienza el 27 de febrero y finaliza el 12 de marzo de 2024, ambos inclusive.

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