El Diario Oficial de la Federación (DOF) ha publicado la modificación al Artículo 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente con la que se garantizará la instalación de clínicas veterinarias públicas en todo el país.
Anteriormente, el párrafo sexto de este artículo solo mencionaba que "las entidades federativas en coordinación con los Municipios o, en su caso, las Alcaldías de la Ciudad de México, garantizarán en la medida de lo posible la esterilización gratuita de animales, y su trato digno y respetuoso en los centros de control animal, estableciendo las sanciones correspondientes para todo aquel que maltrate a los animales".
Con la reforma, ahora la ley también señala que "de igual forma, promoverán el establecimiento de Clínicas Veterinarias Públicas con el objeto de suministrar a los animales atención médica preventiva y, en caso de enfermedad, brindar tratamiento médico expedito avalado por un médico veterinario".
Asimismo, la adición especifica que "el establecimiento de Clínicas Veterinarias Públicas estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria de las entidades federativas y los Municipios en cada ejercicio fiscal".
Esto luego de que senadores coincidieron en que "impulsar espacios donde se presten servicios de consulta veterinaria, esterilización, desparasitación, vacunación y cirugías es una medida adecuada para facilitar la cultura de la tenencia responsable, el cuidado y la protección animal entre los mexicanos".
De igual forma, consideraron que "el abandono de mascotas, además de representar un problema de maltrato e irresponsabilidad, es un asunto de salud pública".
"Cuando las heces fecales se secan o pulverizan viajan en el aire y pueden ocasionar enfermedades como conjuntivitis; también se pueden adherir fácilmente a la comida que se consume en los puestos ambulantes y así ocasionar enfermedades bacterianas como salmonelosis o parasitarias", explicaron.
En ese sentido, los legisladores consideraron que "a pesar de que existen métodos o campañas asociadas a la promoción de acciones que reduzcan la presencia de animales en las calles y con ello prevenir que sean sujetos de maltrato, como es el caso de las campañas de esterilización, el establecimiento de clínicas veterinarias podría formalizar estas estrategias con un nivel de compromiso y reconocimiento mayor".
En un plazo máximo de 180 días naturales posteriores a la entrada en vigor del presente decreto, y para su cabal cumplimiento, los Congresos de las entidades federativas deberán hacer los ajustes que estimen necesarios en su legislación local.