La Veterinaria de Salud Pública, tal y como la define el artículo 8.2 de la Ley 14/86 General de Sanidad, es una potente arma del Sistema Sanitario que, echando la vista atrás, parece haber sido concebida en su momento para el futuro que ahora estamos viviendo.
Esta actividad básica del Sistema Sanitario aborda de manera fundamental la prevención de la salud humana en relación a los riesgos químicos y biológicos derivados de la vida animal y sus producciones, actuando tanto sobre el propio animal vivo como sobre el medio ambiente y las relaciones entre ambos y con el hombre.
Con la llegada del modelo autonómico y la trasferencia de las competencias en sanidad que comenzó en 1981 y culminó en 2001, esta actividad básica veterinaria, que en aquel momento era competencia de una estructura única que dependía de una Subdirección General de Veterinaria de Salud Pública dentro del Ministerio de Sanidad, se desmembró en dos bloques principales, tanto a nivel de la Administración General del Estado, como a nivel de cada Administración de Comunidades Autónomas. En un primer bloque, la prevención en salud pública referida al control y lucha contra las zoonosis en el animal vivo y los riesgos alimentarios de la producción primaria de alimentos de origen animal pasaron a depender del Ministerio y las Consejerías con competencias en agricultura y ganadería. Por otro lado, en otro bloque, el control bromatológico de carnes en el matadero y el resto de la seguridad alimentaria, también actividades de promoción de la salud, siguió dependiendo del Ministerio y de las Consejerías con competencias en sanidad en la mayor parte del territorio nacional. No obstante, tampoco se integraron en lo que es el Sistema Nacional de Salud, sino que permanecieron en estructuras orgánicas diferentes y anexas a los sistemas de salud de cada comunidad, con la excepción de las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura, donde estas competencias de protección de la salud en materia de salud alimentaria y promoción de la salud, sí quedaron bajo el paraguas de sus respectivos Servicios Regionales de Salud, SAS y SES, respectivamente.
Quizá esta división de los antiguos Veterinarios Sanitarios Locales o también denominados Titulares y sus competencias al principio pareció lógica, pues las amenazas zoonóticas imperantes en aquellos momentos provenían principalmente de la cabaña ganadera, tales como tuberculosis o brucelosis. Probablemente parecía práctico que este tipo de actuación de defensa de la salud comunitaria fuera orquestado por la autoridad que organizaba toda esta clase de producción.
Sin embargo, durante estas casi cuatro décadas esta división ha ido revelándose como una peligrosa trampa o debilidad del Sistema Sanitario, concretamente de la prevención en salud pública.
A nadie se le escapa que cada estructura administrativa tiene objetivos diferentes y su política y funcionamiento se adecua a esos objetivos. El objetivo primordial y final del Ministerio y consejerías con competencias en sanidad es la defensa de la salud de las personas. Sin embargo, algo que quizá no se valoró bien en su momento, es que el objetivo principal del Ministerio y consejerías con competencias en agricultura y ganadería es la mejora de las producciones y la comercialización en este sector.
Casi sin darnos cuenta, habíamos colocado al sanitario que probablemente más peso e importancia tenía en la protección de la salud pública bajo el mando de una autoridad cuyo objetivo fundamental era mejorar la producción y la comercialización ganadera.
Este conflicto de intereses siempre ha subyacido, pero en ocasiones, incluso ha emergido como la punta de un iceberg en forma de conflictos entre ministerios. Un ejemplo claro fue lo acontecido con el llamado “impuesto dulce” en el año 2017. Una de las principales reivindicaciones en el campo de la medicina preventiva es la limitación del contenido de azúcares de algunos productos alimenticios que lo utilizan en exceso. Desde el Ministerio de Sanidad se ha presionado durante años para que se controle o dificulte la adición de azúcares en esos productos y así rebajar el consumo medio de los mismos y reducir la incidencia poblacional de procesos patológicos asociados a dicho consumo. Desde el Ministerio de Hacienda se diseñó un impuesto que gravaría este abuso de azúcares añadidos para favorecer una dieta más saludable en la población española. Sin embargo, la respuesta del Ministerio de Agricultura, presionado por los productores españoles de remolacha, tumbó finalmente la iniciativa. Se puso claramente de manifiesto aquí lo que, de modo menos visible pero continuado, había estado sucediendo durante largo tiempo, que el verdadero objetivo de las autoridades agrícolas y ganaderas era la mejora de las producciones y la comercialización y que, en caso de conflicto de intereses entre salud y producción, primarían los intereses de producción.
Durante todos esos años, la presión de los objetivos comerciales y productivos de la autoridad agrícola y ganadera fue influyendo de manera decisiva en la actividad del veterinario de salud que tenía a su cargo. Sus funciones y objetivos se fueron desdibujando y reorientando cada vez más hacia una visión zootecnista y, poco a poco, la labor en salud pública fue pasando a un segundo plano. Y no sólo esto, sino que el objetivo de vigilancia y protección de la salud pública en el campo de las zoonosis y la producción primaria de alimentos, ya mermado, se fue distorsionando aún más, ya que la presión de la autoridad ganadera era hacia concentrar las fuerzas y capacidades del veterinario en aquellas zoonosis, y otras enfermedades animales no zoonóticas, que planteaban mermas o daños en la producción o problemas sanitarios de comercialización.
Esta alteración y distorsión progresiva de la parte de la Veterinaria de Salud Pública que se había encomendado a la autoridad agrícola ganadera, fue haciendo de la defensa de la salud que ejerce el veterinario desde este organismo fuera cada vez más pobre, con menos iniciativa y proactividad, y más centrada en los problemas que suponían daño en las producciones que en aquellos problemas derivados del animal vivo que suponían un riesgo para la salud de la población.
El veterinario ha encontrado problemas con el ganadero y sus propios jefes para ejercer su labor de defensor de la salud pública cuando esto entraba en conflicto con la producción, o simplemente cuando no tenía interés para la producción y comercialización. Poco a poco se ha ido sintiendo menos sanitario preventivista y más un técnico al servicio de la autoridad ganadera “para lo que se le mande”.
Como consecuencia de esta situación, todo un importantísimo grupo de zoonosis, aquellas que no tienen peso en cuestiones de producción y comercialización agrícola ganadera, o aquellas cuyo diagnóstico, abordaje y control, pudiera suponer un daño a dicha producción y comercialización, quedaron en un segundo o tercer plano o huérfanas de control.
Esta falta de proactividad y control efectivo sobre el animal vivo de zoonosis sin interés productivo y comercial, es lo que ya se venía denunciando durante más de una década por el Sindicato Independiente de Veterinarios de Extremadura y se acuño en una intervención de uno de los integrantes de la Junta Ejecutiva de la Federación Estatal de Sindicatos Veterinarios en la Sala de Administraciones Públicas del I Congreso Nacional de la Profesión Veterinaria celebrado en mayo de 2019 en Murcia como “AGUJERO DE ZOONOSIS”.
Dicha situación es tremendamente temeraria puesto que, dentro de este grupo de zoonosis, se encuentran muchas de las más peligrosas para la salud pública, como por ejemplo la actual COVID-19, que ha paralizado al mundo.
La historia antigua y reciente se empecina en recordarnos que muchas las grandes tragedias sanitarias han venido de la mano de enfermedades zoonóticas sin especial relevancia en la producción y la comercialización como fueron la peste bubónica, la rabia, la gripe española, el VIH, etc.
La leishmaniosis en Madrid o el virus Crimea Congo en Extremadura son dos ejemplos cercanos en el tiempo y en el espacio de enfermedades zoonóticas con grave riesgo para la salud comunitaria que no han sido abordadas de forma proactiva y eficaz desde los servicios de Veterinaria de Salud Pública. Los veterinarios dependientes del Ministerio y las Consejerías de Sanidad no pudieron hacerlo, puesto que su trabajo y competencias estaban limitados únicamente al campo de la seguridad sanitaria de los alimentos. Por otra parte, los veterinarios dependientes del Ministerio y Consejerías de Agricultura, que tienen encomendado el control de zoonosis sobre el animal vivo, no actuaron en tiempo y forma adecuada y tampoco proactivamente, puesto que ninguna de las dos enfermedades tenía interés o suponía riesgos para la producción y comercialización agrícola y ganadera. Y no es baladí la cuestión, puesto que la enfermedad de Crimea Congo ocupa el segundo lugar en la lista de enfermedades infecciosas que la OMS por detrás del COVID-19 y por delante del mismo Ébola. Y lo más revelador de esta lista es que, de las ocho enfermedades que se enumeran como graves riesgos para la salud pública mundial, 7 son zoonosis, y la mayoría de ellas no tienen relevancia desde el punto de la producción y comercialización ganadera. Es más, la novena enfermedad de la lista, la Enfermedad X, que es una futura enfermedad desconocida tiene un 75% de probabilidades de revelarse como una zoonosis, y grandes probabilidades también de no tener interés desde el punto de vista agrícola y ganadero, tal y como ha ocurrido con el COVID-19.
Por otra parte, en la Administración, cada profesión tiene establecido un marco de desarrollo que potencia su pleno aprovechamiento por la sociedad. Para las profesiones sanitarias este marco se ha establecido dentro del Sistema Nacional de Salud. El hecho de que los veterinarios dependientes de la autoridad sanitaria no estén integrados en los respectivos sistemas de salud de la mayoría de las comunidades autónomas, y por supuesto tampoco los dependientes de la autoridad agrícola y ganadera, ha traído como consecuencia un desarrollo y aprovechamiento deficiente del pleno potencial de la Veterinaria de Salud Pública.
Así, esta falla o debilidad de la prevención en el Sistema Sanitario Público español debe abordarse con mecanismos que vuelvan a agrupar a toda la Veterinaria de Salud Pública en un órgano único dependiente de la autoridad sanitaria e integrada en el Sistema Nacional de Salud. Es decir, a nivel de de las Comunidades Autónomas, en sus correspondientes Servicios Regionales de Salud, con una incorporación efectiva en el ámbito de la atención primaria de salud, y a nivel de la Administración General del Estado, dentro de la estructura orgánica del Ministerio de Sanidad.
AUTORES
José Fernández Romojaro es Licenciado y Doctor Internacional en Medicina Veterinaria, Diplomado en Estudios Avanzados en Medicina y Cirugía Veterinarias, Veterinario de Salud Pública en la Consejería de Salud del Principado de Asturias, Presidente del Sindicato Veterinario Profesional de Asturias y miembro del Comité Ejecutivo Permanente de la Federación Estatal de Sindicatos Veterinarios.
Juan Antonio Rol Díaz es Licenciado y Doctor en Medicina Veterinaria, Diplomado en Sanidad, Master en Ciencia y Tecnología de la Carne, Veterinario de Salud Pública en Equipo de Atención Primaria del Servicio Extremeño de Salud, Secretario General del Sindicato Independiente de Veterinarios de Extremadura y Secretario General de la Federación Estatal de Sindicatos Veterinarios.