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La FedMVZ difunde información importante relacionada con la movilización de perros de México a EU
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La FedMVZ difunde información importante relacionada con la movilización de perros de México a EU

Los médicos veterinarios responsables autorizados (MVRA) son quienes actualmente tienen la responsabilidad de expedir constancias de salud para los perros que viajarán de México a Estados Unidos de América, y sus funciones y requisitos están plasmados en la ley
La FedMVZ publica información importante relacionada con la movilización de perros de México a EUA
Laura Olivia Arvizu Tovar, presidenta de la Federación de Colegios y Asociaciones de Médicos Veterinarios Zootecnistas de México A.C. (FedMVZ).

La Federación de Colegios y Asociaciones de Médicos Veterinarios Zootecnistas de México A.C. (FedMVZ) ha publicado un video con el fin de brindar información importante, presente en la Ley Federal de Sanidad Animal, respecto a los médicos veterinarios responsables autorizados (MVRA), quienes actualmente tienen la responsabilidad de expedir constancias de salud para los perros que viajarán de México a Estados Unidos de América (E.U.A), debido a la amenaza que supone el gusano barrenador del ganado (GBG). 

 

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) autoriza para las acciones de sanidad animal, como lo es la expedición de estos certificados, a los médicos veterinarios zootecnistas que pasan por un procedimiento establecido tanto en la Ley como en su reglamento, es decir, a los MVRA.

 

La figura del MVRA tiene sustento legal en la Ley Federal de Sanidad Animal, específicamente en el Título noveno: de los órganos de coadyuvancia, vigente desde 2007. En su glosario, se define al MVRA como el “profesionista autorizado por la SADER, para prestar sus servicios de coadyuvancia y emisión de documentos en unidades de producción; establecimientos que industrializan o comercializan productos biológicos, químicos, farmacéuticos, plaguicidas o alimenticios para uso en animales o consumo por éstos; laboratorios autorizados, establecimientos TIF destinados al sacrificio y procesamiento, u otros que determine la SADER, para garantizar que se lleve a cabo lo establecido en las disposiciones que derivan de esta Ley. Dicho profesionista fungirá como responsable ante la Secretaría”.

 

De acuerdo con la presidenta de la FedMVZ, Laura Olivia Arvizu Tovar, lo anterior quiere decir que la SADER “delega atribuciones técnicas, pero no a cualquiera, sino que se tendrán que cumplir una serie de requisitos que la propia autoridad establece en su reglamento”.

 

Arvizu Tovar aclaró que “no se está delimitando o bloqueando el trabajo de ningún colega, sino que, si se quiere trabajar de esto y percibir una remuneración a cambio, se tendrá que pasar por este procedimiento”. Además, agregó que “cualquier profesionista, siempre y cuando cumpla con los requisitos, puede tener su clínica, pero también va a ser un requisito indispensable que cumpla con su aviso de funcionamiento y su MVRA”.

 

De igual forma, en el artículo 105 fracción VII de la Ley Federal de Sanidad Animal, se especifican los establecimientos que están bajo las disposiciones de sanidad animal, características, condiciones, procedimientos, operación y especificaciones zoosanitarias o las relativas a buenas prácticas determinadas por la SADER, los cuales son: hospitales, clínicas veterinarias, laboratorios de constatación o diagnóstico, instituciones de educación superior, institutos de investigaciones y demás establecimientos en donde se estudie o se realicen experimentos con animales y demás que presten servicios zoosanitarios, donde el MVRA presta sus servicios de coadyuvancia y emisión de documentos, fungiendo como responsable ante la SADER, para garantizar que se lleve a cabo lo establecido en las disposiciones que derivan de la Ley.

 

Asimismo, del artículo 144 al 151, del Capítulo III. De las personas Aprobadas y Autorizadas, de la Ley Federal de Sanidad Animal, se explica, por ejemplo, que la SADER promoverá cursos de capacitación y de formación de profesionales; también que una misma persona puede obtener una o varias aprobaciones o autorizaciones, y que los profesionistas autorizados deberán estar permanentemente actualizados y aprobar los exámenes de conocimientos, y cumplir con los requisitos que se determinen. 

 

Finalmente, la presidenta de la FedMVZ mencionó que la normativa de sanidad animal está disponible en la Normateca Institucional del Senasica, y compartió los siguientes correos electrónicos para dudas o más información: laura.arvizu@federacionmvz.org y misael.baena@federacionmvz.org.  

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