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A consulta pública el proyecto de RD para regular el sistema de trazabilidad de determinadas especies animales
EDICIÓN

A consulta pública el proyecto de RD para regular el sistema de trazabilidad de determinadas especies animales

El plazo para envío de observaciones al texto comienza el 12 de junio y finaliza el 2 de julio de 2024, ambos inclusive
Luis planas
Luis Planas, ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha sacado a participación pública el proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 787/2023, de 17 de octubre, por el que se dictan disposiciones para regular el sistema de trazabilidad, identificación y registro de determinadas especies de animales terrestres en cautividad, y otros reales decretos en materia ganadera, al objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y obtener cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse de otras personas o entidades.


El Real Decreto 787/2023, de 17 de octubre, por el que se dictan disposiciones para regular el sistema de trazabilidad, identificación y registro de determinadas especies de animales terrestres en cautividad, recoge los distintos sistemas de identificación y registro para los bovinos, ovinos, caprinos, porcinos, equinos, camélidos, cérvidos, aves de corral, lepóridos y especies peleteras, abejas y psitácidas, creando un único marco normativo en el ámbito nacional en materia de identificación, registro y trazabilidad animal, en línea con el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016 («Legislación sobre sanidad animal»); el Reglamento Delegado (UE) 2019/2035 de la Comisión, de 28 de junio de 2019; el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/520, de la Comisión de 24 de marzo de 2021 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/963 de la Comisión, de 10 de junio de 2021, y sin perjuicio de otras normativas existentes.


Determinadas disposiciones del Real Decreto 787/2023, de 17 de octubre, "precisan ser modificadas para introducir ciertas medidas de flexibilización, en algunos casos, o en aras de la claridad y con el propósito de mejorar su eficacia y mantener la coherencia con el marco europeo y con la normativa nacional correspondiente, en otros. Asimismo, deben corregirse algunos errores de redacción detectados tras la publicación del meritado real decreto", explican. 


Por otra parte, en el borrador del Real Decreto también se aborda la figura del veterinario de explotación, cuya obligatoriedad había sido aplazada y, posteriormente, se confirmó que sería de carácter voluntario. En el texto ahora publicado, se señala que, “en todas las explotaciones, de forma voluntaria a partir del 1 de junio de 2025, se podrá designar un veterinario de explotación”.


El plazo para envío de observaciones al texto comienza el 12 de junio y finaliza el 2 de julio de 2024, ambos inclusive.


Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: sganimal@mapa.es


Pueden consultar el texto del proyecto en este enlace.

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