El diputado Royfid Torres González, integrante de la Asociación Parlamentaria Ciudadana, ha sometido a la consideración del Congreso de la capital una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reformarían y adicionarían diversas disposiciones a la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México, en materia de establecimientos que proporcionan servicios a animales de compañía.
Si bien estos establecimientos han tenido un auge y cada vez son más populares, es necesario precisar que su existencia y operación se encontraban al margen de la ley, pues en el marco jurídico de la Ciudad de México no se encontraban previstos. Esta situación cambió en marzo de 2024, pues con la última reforma a la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México, se establecieron ciertos requisitos que deben cumplir estos establecimientos, de acuerdo con el documento de la iniciativa.
Sin embargo, en múltiples ocasiones se han dado a conocer casos en los que establecimientos mercantiles que prestan servicios destinados a animales de compañía actúan de forma contraria al bienestar animal, generando consecuencias adversas como maltrato, enfermedades y la muerte.
Como ejemplo, la propuesta recuerda el caso de Nala y Tango. En marzo de 2024, la responsable de los perros Nala y Tango se vio en la necesidad de recurrir a una pensión para perros, Doggy City, ubicada en la Alcaldía Xochimilco para que se les brindara el servicio de hospedaje y demás cuidados. Los primeros dos días uno de los trabajadores de la pensión le mandó fotos de Nala y Tango, a fin de demostrar que se encontraban en buenas condiciones; sin embargo, el tercer día dejó de responder y mandar fotografías, por lo que su responsable asumió que algo no estaba bien.
Cuando personal de Doggy City volvió a entablar comunicación con su responsable, le informaron que tanto Nala y Tango habían muerto, sin dar una explicación de por qué fallecieron bajo su resguardo, limitándose a decir que se habían asfixiado o les había dado un golpe de calor.
Asimismo, su responsable señaló que las posibles causas de muerte de Nala y Tango no son admisibles, pues sus cuerpos mostraban signos de violencia y maltrato.
Por ello, el documento señala que "es necesario fortalecer el marco jurídico existente, en aras de tener claridad sobre cuáles son las responsabilidades que los establecimientos mercantiles dedicados a la prestación de servicios destinados a animales de compañía tienen que cumplir para garantizar su bienestar en el marco de los servicios que prestan".
DISPOSICIONES
A partir de lo anterior, la iniciativa propone definir claramente los servicios o cuáles son los establecimientos dedicados a ofrecer servicios a animales de compañía.
El proyecto también sugiere la adición de un artículo 58 Bis donde se establezcan las obligaciones de las personas prestadoras de estos servicios, como brindar un trato digno y respetuoso a los animales, mantener a la vista en todo momento los permisos correspondientes para prestar el servicio que corresponda; y contar con instalaciones adecuadas que permitan que los animales de compañía bajo su cuidado puedan moverse con libertad y descansar cómodamente, por lo que no se podrán implementar mecanismos que limiten su movilidad y/o comodidad, tales como el hacinamiento y el encierro permanente.
Finalmente, se adicionaría un artículo 58 Ter, donde se especificaría que los establecimientos mercantiles cuyo giro principal sea el de pensión o guardería de animales de compañía, podrán ejercer las actividades complementarias de adiestramiento, estética, spa, gimnasio y venta de artículos, alimentos y juguetes para el cuidado y entretenimiento de animales de compañía.