El Gobierno de Cantabria ha publicado la resolución de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación por la que se convocan ayudas, por importe de 620.000 euros, para que los titulares de explotaciones ganaderas que realicen pruebas diagnósticas, vacunaciones y medidas sanitarias en el marco de los programas de sanidad animal, prevención, control y erradicación con un veterinario habilitado.
Podrán beneficiarse de estas ayudas los titulares de explotación que hayan realizado la campaña de saneamiento ganadero con un veterinario habilitado, así como aquellos titulares de explotación que hayan vacunado a sus animales frente a la lengua azul.
Los titulares de explotaciones ganaderas beneficiarios de estas ayudas deberán hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como estar al corriente con sus obligaciones con la Hacienda del Gobierno de Cantabria; ser explotaciones de productores ganaderos en actividad y que las explotaciones tengan la condición de PYMES; hallarse inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas, y que no se trate de una empresa en crisis.
Será gasto subvencionable el pago de los honorarios profesionales al veterinario habilitado o a las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera con motivo de la vacunación obligatoria, actuación sanitaria o ejecución de la campaña de saneamiento ganadero.
Serán actuaciones subvencionables las que se realicen desde el 1 de julio del año anterior hasta el 30 de junio del año de la convocatoria.
Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Ganadería y el plazo de presentación será de 35 días hábiles a contar desde el 10 de mayo en el caso de actuaciones realizadas desde el 1 de julio de 2023 hasta el día de la publicación del extracto.
Para las actuaciones realizadas desde el día siguiente de la publicación hasta el 30 de junio de 2024, el plazo de presentación de solicitudes será 35 días hábiles a partir del día siguiente de la última actuación sanitaria realizada, entendida ésta como la realización de la campaña de saneamiento ganadero o la vacunación de lengua azul en su caso.
En el caso de la vacunación de lengua azul, se puede dar el caso de la primo vacunación, consistente en la aplicación de dos dosis espaciadas los días que correspondan según las indicaciones de uso establecidas en la ficha técnica de la vacuna.
También se puede dar el caso de la revacunación, consistente en la aplicación de una única dosis porque el animal ya ha sido vacunado el año anterior y, en consecuencia, hasta que no se realice la pauta completa de vacunación conforme a lo especificado anteriormente, no se dará por finalizada la actuación sanitaria.
En el caso de que las actuaciones sanitarias finalicen en fecha posterior al 30 de junio de 2024, todas las actuaciones serán subvencionadas en la próxima convocatoria.