Tras las reformas aprobadas por el Congreso del Estado de Quintana Roo, los delitos relacionados con la crueldad animal serán perseguidos de oficio por la autoridad ministerial en la entidad, lo que significa que no será necesario levantar una denuncia penal para su investigación.
Con que el hecho delictivo llegue al Ministerio Público, se deberá dar inicio a las investigaciones, así como se hace con otras violaciones y delitos graves.
Asimismo, estas modificaciones han impuesto penas más severas a las personas que lesionen o priven de la vida a un animal de forma cruel.
Ahora, quien lesione a un animal con actos crueles, será sancionado con una pena máxima de cinco años, y si se priva de la vida con la misma intención, deberá acatar hasta seis años de privación a la libertad.
En todos los casos, si las faltas son cometidas por un servidor público "cuyas funciones sean tales como la protección, conservación o cuidado de los animales, la pena de prisión se incrementará en un tercio del máximo establecido y la inhabilitación para desempeñar otro empleo, cargo o comisión pública se duplicará respecto al término de la pena de prisión originalmente impuesta".
La reforma también consistió en cambios para la Ley de Protección y Bienestar Animal en cuestión de multas, pues estas podrán ser equivalentes hasta a 400 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que se traduce en una sanción económica de alrededor de 41.400 pesos mexicanos.