El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha acordado suspender cautelarmente la resolución del 10 de mayo de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera de la Junta de Castilla y León, por la que se desarrollaban determinados aspectos de los programas nacionales de enfermedades de los rumiantes, flexibilizando el movimiento de ganado.
La resolución, que tiene un plazo de 5 días para interponer recurso de reposición, es una respuesta al recurso contencioso-administrativo presentado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación contra la resolución de 10 de mayo de dicha Junta. El Gobierno lo presentó "por fijar un marco normativo más laxo que contraviene la legislación europea y frente al inevitable riesgo de dispersión de la enfermedad a nuevas zonas, explotaciones y animales".
La resolución del TSJCyL señala en su auto que la Junta de Castilla y León no se opuso a la adopción de la medida cautelar y, dado que "ambas partes están conformes en que la ponderación de los actuales interese en conflicto reclama la adopción de la suspensión", la sala acuerda suspender cautelarmente la orden de la Junta.