El Laboratorio Central de Veterinaria (LCV) de Algete ha confirmado el 18 de noviembre la detección de enfermedad hemorrágica epizoótica (EHE) en 2 explotaciones de bovino en las provincias de Cádiz y Sevilla. La primera sospecha se originó tras la aparición y comunicación de signos clínicos y lesiones compatibles con la enfermedad (fiebre, lesiones en la mucosa bucal, cojeras por inflamación de los rodetes coronarios) a los servicios veterinarios oficiales (SVO) de la Junta de Andalucía.
Los SVO realizaron la correspondiente toma de muestras oficiales en las explotaciones afectadas para su análisis en el LCV, donde se han confirmado como positivas por PCR a EHE. Hasta el momento se ha comunicado la sospecha de presencia de la enfermedad por sintomatología compatible en 25 explotaciones de ganado vacuno de Cádiz y 8 de Sevilla, cursando hasta el momento con una morbilidad de un 10-15% y una mortalidad muy reducida (inferior al 1%).
La EHE es una enfermedad vectorial infecciosa no contagiosa, transmitida por insectos del género Culicoides que afecta a animales rumiantes silvestres y domésticos, pero que en ningún caso afecta al hombre. En el ganado vacuno puede producir clínica moderada y autolimitante durante unas dos semanas. El ganado ovino es susceptible a la infección, pero poco a la enfermedad clínica, y el caprino es muy poco susceptible a la infección. Es una enfermedad que afecta gravemente a los ciervos, y puede afectar también a gamos y corzos.
Históricamente la EHE ha circulado en América del Norte, Australia, Asia y África, pero nunca había sido detectada en España ni en la UE hasta que el pasado 10 de noviembre de 2022 las autoridades italianas comunicaron la detección del virus en explotaciones de ganado bovino en la isla de Cerdeña y más tarde en Sicilia, como recogimos en Diario Veterinario.
La EHE se encuentra categorizada como enfermedad D+E, de acuerdo con el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1882 de la Comisión, de 3 de diciembre de 2018, por lo que se trata de una enfermedad objeto de vigilancia sobre la que deben adoptarse medidas para evitar su propagación en relación con su introducción en la Unión o con desplazamientos entre Estados miembros, tal y como se establece en el Reglamento (UE) 2016/429.
De acuerdo con lo establecido en el Reglamento Delegado (UE) 2020/688 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2019, se restringen los movimientos para vida hacia otros Estados miembros cuando procedan de explotaciones situadas en un radio mínimo de 150 km alrededor de los focos detectados. A estos efectos, se restringe el movimiento directo hacia otros Estados miembros de animales bovinos, ovinos y caprinos procedentes de explotaciones ubicadas en los siguientes territorios: provincias de Cádiz, Huelva, Málaga, Córdoba, Sevilla y Badajoz.
Respecto a los movimientos nacionales, se establecen controles a los movimientos para vida desde las comarcas afectadas: Campo de Gibraltar (Algeciras) y La Janda (Medina Sidonia) en la provincia de Cádiz; y Sierra Norte (Cazalla de la Sierra) y Vega de Sevilla (Cantillana) en la provincia de Sevilla, que se flexibilizarán con el inicio del Periodo Estacionalmente Libre en estas zonas.
Comarcas afectadas.
No se establece ningún tipo de restricción con relación al movimiento o consumo de productos de estos animales (carne, leche, piel, etc.). También se ha procedido a reforzar la vigilancia en la zona, recordando la importancia y obligación de comunicación inmediata a los SVO de cualquier sospecha en las especies susceptibles y recomendando adoptar medidas de desinsectación en animales e instalaciones como sistema de lucha contra el vector.