En la reciente reunión de la Federación Estatal de Sindicatos Veterinarios (Fesvet), celebrada en León, además de analizar las actuaciones más importantes de sus sindicatos federados, entre las que cabe destacar el desarrollo de los distintos procesos selectivos ordinarios y extraordinarios derivados de la ley 20/2021, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, acordó dirigirse al Consejo General de Colegios Veterinarios (CGCV) para instar la creación de un grupo de trabajo que examine los aspectos fundamentales de la formación sanitaria especializada y exija al Ministerio de Sanidad el desarrollo de la formación en Ciencias de la Salud de los Veterinarios.
“El Ministerio de Sanidad ningunea permanentemente a la profesión Veterinaria. Desde la publicación de la Ley General de Salud Pública en el año 2011 tiene la obligación de modificar la formación sanitaria especializada para incorporar a todas las profesiones sanitarias en la especialización en Salud Pública y, sin embargo, elude o retrasa permanentemente este compromiso, poniendo en jaque a la salud pública veterinaria y al propio Sistema Nacional de Salud”, denuncia Fesvet.
En dicho escrito recuerdan al presidente del CGCV, Luis Alberto Calvo, que recientemente se ha publicado el Real Decreto 589/2022, de 19 de julio, por el que se regulan la formación transversal de las especialidades en Ciencias de la Salud, el procedimiento y criterios para la propuesta de un nuevo título de especialista en Ciencias de la Salud o diploma de área de capacitación específica, y la revisión de los establecidos, y el acceso y la formación de las áreas de capacitación específica; y se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación en especialidades en Ciencias de la Salud. Dicho R.D. ha venido a sustituir al Real Decreto 639/2014 de formación especializada troncal, que fue declarado nulo por sentencia (Nº 2586/2016) del Tribunal Supremo, propiciada por el propio Consejo General de Colegios Veterinarios y que, según concreta el propio Ministerio de Sanidad en nota de prensa de 24/12/16, “en cuyo fallo se reconoce el derecho de esta profesión de acceder a ciertas especialidades en ciencias de la salud, en el área de laboratorio (análisis y bioquímica clínica) y en el área de salud pública”.
Sin embargo, Fesvet explica que “el nuevo R.D. 589/2022, lejos de incorporar este derecho de nuestra profesión, nos ignora de nuevo y establece gran complejidad, a la vez que ambigüedad, en determinados criterios y descriptores para la solicitud de una nueva especialidad o la revisión de las establecidas, y sobre todo porque en su Disposición final segunda (Modificación del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada) no incluye lo establecido en la disposición final primera de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública (La especialización en salud pública de las profesiones sanitarias. El Gobierno modificará el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en ciencias de la salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada, con el fin de ampliar la especialización en salud pública al resto de profesiones sanitarias)”.
Asimismo, explican que, a la vez que sigue obviando el mandato de la Comisión Nacional de la Especialidad que en la Orden SCO/1980/2005, de 6 de junio, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública, reconoce que “el carácter multiprofesional y multisectorial de la Salud Pública debe favorecer que paulatinamente se incorporen criterios de troncalidad no sólo en relación con otras especialidades médicas, sino también con otras titulaciones universitarias como farmacéuticos, veterinarios, etc”.
Por ello, solicitan que valoren la oportunidad de recurrir el Real Decreto 589/2022, de 19 de julio, como ya hizo el Consejo con el anterior R.D. 639/2014, de troncalidad, por no incluir a los licenciados/graduados en Veterinaria en ninguna especialidad propia ni pluridisciplinar.
DESARROLLAR ESPECIALIDADES VETERINARIAS
Por otro lado, consideran que hay que comenzar a desarrollar las especialidades veterinarias, tanto en Ciencias de la Salud del Sistema Nacional de Salud, como en el ámbito clínico, “siguiendo las pautas marcadas hace 60 años por la medicina humana”.
“Sin entrar a valorar las especialidades clínicas, que ya tiene constituido un grupo de estudio y trabajo para su desarrollo, queremos llamar la atención del Consejo General, y de toda la sociedad, sobre la complejidad del procedimiento que instaura el Real Decreto 589/2022 para la solicitud de un nuevo título, o la revisión de los establecidos, de especialista en Ciencias de la Salud. En su Artículo 4 establece que la solicitud de un nuevo título de especialista en Ciencias de la Salud se podrá iniciar por una o varias sociedades científicas de ámbito nacional válidamente constituidas en relación con el área de especialización en Ciencias de la Salud correspondiente, que acrediten la representación de, al menos, el setenta por ciento de los profesionales de esa área o por la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud”, exponen.
“Asimismo, en su anexo I fija unos complejos criterios para la propuesta de un nuevo título de especialista y la revisión de los títulos establecidos, lo que unido a lo anterior complica sobre manera la obtención de cualquier Especialidad Veterinaria en Ciencias de la Salud. Sin embargo, ello no debe ser óbice para renunciar o simplemente retrasar nuestro derecho a integrar a los veterinarios en el Sistema Nacional de Salud y a disponer de Especialidades Veterinarias propias (Veterinaria de salud pública y comunitaria y Veterinaria de animalario de investigación), además de la inclusión en las especialidades multidisciplinares (análisis clínicos, bioquímica clínica, inmunología, microbiología y parasitología y radiofarmacia)”, añaden.
Así, instan al Consejo General de Colegios Veterinarios de España a la creación de un grupo de trabajo que elabore un amplio dossier motivando los criterios que determina en su anexo I el Real Decreto 589/2022 para la propuesta de nuevos títulos de especialista y la revisión de los títulos establecidos de Formación Sanitaria Especializada en Ciencias de la Salud.
Por último, anuncian que, de persistir el incumplimiento de la normativa que define la Veterinaria de Salud Pública como una actividad básica del Sistema Nacional de Salud y que obliga al Ministerio de Sanidad a su incorporación plena a todos los Servicios Regionales de Salud y al desarrollo de las especialidades veterinarias en Ciencias de la Salud, “iniciaremos todas las acciones jurídicas y sociales que sean necesarias para impedir que la ausencia de estos profesionales en la gestión, promoción y protección de la salud comunitaria continúe repercutiendo negativamente en las crisis sanitarias”.