El pasado noviembre el Senado aprobó con modificaciones la Proposición de Ley de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales, que ahora ha continuado su tramitación en el Congreso de los Diputados.
Algunas de las enmiendas aprobadas por la cámara alta han sido debatidas hoy en el Congreso. Una de ellas contempla que “los acuerdos de los cónyuges adoptados para regular las consecuencias de la nulidad, separación y divorcio presentados ante el órgano judicial serán aprobados por el juez salvo si son dañosos para los hijos o gravemente perjudiciales para uno de los cónyuges. Si fueran gravemente perjudiciales para el bienestar de los animales de compañía, la autoridad judicial ordenará las medidas a adoptar, sin perjuicio del convenio aprobado”.
También se ha debatido la enmienda relativa a que “las medidas que el juez adopte en defecto de acuerdo o las convenidas por los cónyuges judicialmente, podrán ser modificadas judicialmente o por nuevo convenio aprobado por el juez, cuando así lo aconsejen las nuevas necesidades de los hijos o el cambio de las circunstancias de los cónyuges”.
La reforma, promovida por el grupo socialista, ha contado con el apoyo mayoritario de la cámara baja a excepción del grupo parlamentario Vox que ha mostrado su rechazo. Tras su votación que tendrá lugar tras acabar la sesión de hoy, el texto será remitido al presidente del Gobierno.
Desde el Grupo Socialista, la diputada Sandra Guaita ha pedido que todos los partidos se unan contra la violencia hacia los animales ya que sostiene que “los que son violentos con los animales son potencialmente violentos con las personas”. Además, la socialista ha defendido que la modificación que se debate hoy del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales supone que España sea una sociedad más “empática, respetuosa, feminista, ecologista y cada vez más animalista”.
Por su parte, la diputada del Grupo Popular María Teresa Angulo, ha indicado que “la satisfacción no es completa porque el PSOE hoy da marcha atrás en parte y pretende volver a introducir en el texto la equiparación del bienestar del animal con el de los hijos en caso de divorcio. Es decir, quedar en suspenso el régimen de custodia, los alimentos, las estancias con sus padres porque se aprecie algún menos cabo para el bienestar del animal”.
Añadiendo que, “defensa del bienestar de los animales sí, pero no equiparando su nivel de protección con el de las personas o mucho menos menoscabando el de los niños en una situación tan difícil como es la separación de sus padres”.
Asimismo, el grupo parlamentario de Ciudadanos, durante la intervención de Guillermo Díaz, ha incidido en que “el reconocimiento que desde hoy figurará en el registro civil abre la puerta a otras muchas más cosas". El diputado se ha referido, por ejemplo, al caso de los animales que estaban abandonados en un domicilio y primaba más la inviolabilidad de la casa, y ha celebrado que ahora será un juez el que tome la decisión sobre cómo actuar teniendo en cuenta esta nueva modificación.
Vox ha sido el único grupo contrario a esta propuesta, ya que considera una “atrocidad” otorgar derechos a los animales. El diputado de Vox Ángel López Maraver ha manifestado que “los animales deben ser objetos de protección, pero nunca mediante el reconocimiento de derechos imposibles”.
ALGUNAS DE LAS REFORMAS
Esta iniciativa introduce reformas en el Código Civil para adecuarlo "a la verdadera naturaleza de los animales, sino también a la naturaleza de las relaciones, particularmente las de convivencia, que se establecen entre estos y los seres humanos", para lo que se introducen en las normas relativas a las crisis matrimoniales preceptos destinados a concretar el régimen de convivencia y cuidado de los animales de compañía, cuestión que ya ha sido objeto de controversia en los tribunales.
Además de definir el propio concepto de animal de compañía, se contempla el pacto sobre los animales domésticos y se sientan los criterios sobre los que los tribunales deben tomar la decisión de a quién entregar el cuidado del animal, atendiendo a su bienestar.
Asimismo, se incorporan disposiciones en materia de sucesiones, relativas al destino de los animales en caso de fallecimiento de su propietario, que, en ausencia de voluntad expresa del causahabiente, también deberán articular previsiones en base al criterio de bienestar de los animales.
Por otro lado, atendiendo al vínculo existente y la concurrencia entre los malos tratos a animales y la violencia doméstica y de género y el maltrato y abuso sexual infantil, se contemplan limitaciones a la guarda y custodia en casos de antecedentes por maltrato animal ejercido como forma de violencia o maltrato psicológico contra aquellos.
La proposición de ley modifica también la Ley Hipotecaria, en la que se introduce un nuevo apartado en el artículo 111, estableciendo que la hipoteca no comprenderá "los animales colocados o destinados en una finca dedicada a la explotación ganadera, industrial o de recreo", no cabiendo "pacto de extensión de la hipoteca a los animales de compañía".
Por último, se modifica el artículo 605 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, declarando que los animales de compañía son bienes absolutamente inembargables, "sin perjuicio de la embargabilidad de las rentas que los mismos puedan generar". Para el proponente, esta medida se toma "en atención al especial vínculo de afecto que liga a los animales de compañía con la familia con la que conviven".