La violencia de género es un problema extraordinariamente grave y complejo y sus víctimas necesitan una protección integral. Esto pasa por prestar atención a todas las formas en las que se manifiesta esa violencia, y a la variedad de circunstancias en las que se puede encontrar cada víctima: factores que le influyen a la hora de tomar decisiones, que constituyen un riesgo, que incrementan su vulnerabilidad, que dificultan su salida de la relación violenta, incluso su recuperación.
El vínculo afectivo desarrollado hacia los animales y cómo este puede ser utilizado por los agresores contra sus víctimas es, sin duda, una circunstancia más, que no puede ser olvidada a la hora de valorar el riesgo en esos contextos de violencia. Así lo acreditan los resultados de estudios realizados en todo el mundo y testimonios directos de mujeres: “El maltrato a los animales con los que la víctima tiene ese vínculo es, en sí mismo, una forma de violencia psicológica o emocional, además de una muy eficaz herramienta de control y abuso sobre ella” insisten desde CoPPA.
ADECUAR LA LEGISLACIÓN A LA REALIDAD
Al igual que han hecho otros países, CoPPA incide en que España necesita adaptar su normativa para ofrecer a las víctimas la protección necesaria y para que este tipo de conductas sean debidamente sancionadas. Con este fin, han presentado al Ministerio de Justicia y a grupos parlamentarios propuestas concretas para modificar tanto el Código Penal como la Ley de Enjuiciamiento Criminal, tales como: incorporar a los animales en los delitos de amenazas y coacciones; incluir los supuestos en los que las agresiones y abusos sexuales a seres humanos puedan cometerse valiéndose de animales; o prever el maltrato animal como medio para cometer delitos contra la integridad moral. Las propuestas incluyen enmiendas dirigidas a incluir a los animales en el alcance de la medida de libertad vigilada y en las penas de alejamiento, así como en las órdenes de protección y en otras medidas cautelares.
Con el fin de prevenir actos violentos, proponen nuevas inhabilitaciones para quienes han cometido delitos de maltrato animal: para la tenencia y porte de armas, para la convivencia con animales, y para la patria potestad, guarda, tutela, curatela o acogimiento. “Los delitos contra los animales deberían agravarse cuando se han cometido, no solo en presencia de menores, sino en general ante personas en situación de vulnerabilidad, o cuando han sido realizados valiéndose de estas”, añaden.
DETECCIÓN TEMPRANA A TRAVÉS DE PROTOCOLOS GENERALES
Las expertas en violencia de género integradas en esta entidad coinciden en que en todos los formularios, cuestionarios o entrevistas que desarrollan aquellos servicios con los que la víctima establece un primer contacto es necesario introducir preguntas sobre la posible existencia de animales implicados en la situación violenta. “Servicios de atención telefónica y asistenciales, servicios de atención de urgencia (como policía u hospitales), asistencia letrada a la víctima y Administración de Justicia, deben normalizar la consideración de los animales de la víctima dentro de esa esfera de protección que se le debe ofrecer”, indican.
En este punto, CoPPA destaca la utilidad de disponer de guías de orientación práctica dirigidas a los diferentes colectivos profesionales que intervienen en estos procedimientos, en línea con una reciente propuesta presentada por esta entidad para el colectivo de la judicatura.
ADAPTADOS A LAS NECESIDADES DE CADA VÍCTIMA
En este sentido, apuestan por que la atención y derivación de aquellas víctimas que se encuentren en una situación de violencia con animales implicados se realice desde los mismos servicios que ya existen para cualquier víctima de violencia de género. “Ha de considerarse la ya de por sí gran dificultad que para una persona que se encuentra en esta situación supone dar un solo paso en la búsqueda de ayuda”, señalan desde la entidad. “Además, no existe motivo ni necesidad para que las personas con animales a su cargo reciban un trato distinto respecto al resto de víctimas. Utilizar los recursos ya existentes responde, asimismo, al principio general de eficiencia en el uso de recursos públicos”.
Una vez detectada la necesidad, señalan que es preciso disponer de recursos suficientes para poder dar una solución específica a aquellas mujeres que deben abandonar el domicilio y que necesitan que sus animales salgan también de allí. Para ello, la entidad recuerda que es necesario avanzar en España hacia alternativas de acogida conjunta, de manera que la mujer, sus hijos e hijas no tengan que separarse del animal.
Ante la inexistencia de este tipo de recursos en la actualidad, o incluso para aquellos casos en los que por otro tipo de motivos no sea posible o recomendable que el animal permanezca bajo el cuidado de la víctima, “deben fortalecerse y formalizarse otras opciones de acogida, que faciliten la custodia temporal de los animales”.
Las propuestas formuladas por CoPPA incluyen también acciones de mejora de las herramientas estadísticas, así como iniciativas para favorecer la divulgación y sensibilización social sobre esta problemática.