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La importancia del uso correcto de la receta veterinaria
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La importancia del uso correcto de la receta veterinaria

En ocasiones, es posible que el veterinario sea demandado por mala praxis ante un error en la prescripción de medicamentos
receta veterinaria

La legislación de ámbito nacional sobre la receta veterinaria y prescripción de medicamentos veterinarios se regula mediante el RD 109/1995 modificado por el RD 1132/2010.


En ocasiones, es posible que el veterinario sea demandado por mala praxis ante un error en la prescripción de medicamentos, “emitiendo una receta equivocada con la que puede agravar la sintomatología a tratar y con ello el estado de salud del animal, llegando, en algunos casos, a provocar el fallecimiento del animal debido a un error en la emisión de la receta veterinaria, por ejemplo, indicando un citotóxico en lugar de un antiparasitario por disponer ambos de nombres comerciales similares”, explica Andrés Santiago, experto en veterinaria legal del Observatorio Español de Pericia y Seguridad Veterinaria.


La profesión veterinaria exige una diligencia y una atención especial en cada uno de los puntos de la labor profesional, el facultativo debe evitar el más mínimo error en todo el proceso clínico, incluyendo la emisión de las recetas.


Es importante recordar que sólo están autorizados para la venta de medicamentos los farmacéuticos, establecimientos comerciales dedicados a ello y ciertas agrupaciones ganaderas, en los centros veterinarios no se puede realizar la venta de medicamentos a clientes, sino que se puede facilitar la dosis necesaria para un tratamiento concreto. 


En caso de que el cliente necesite comprar un medicamento, se deberá elaborar una receta siempre haciendo uso del recetario oficial que estará disponible en el Colegio de veterinarios correspondiente en cada comunidad autónoma.


Andrés Santiago cuenta que la receta consta de tres copias, una para el centro dispensador, una para el propietario del animal y una para el veterinario prescriptor y en esta receta deberán figurar al menos los siguientes datos:


- Nombre, apellidos, dirección completa, número de colegiado y provincia de colegiación del veterinario prescriptor.


- Denominación del medicamento legible, especificando el formato y número de ejemplares que se dispensarán.


- Firma del veterinario y fecha de prescripción.


PRESCRIPCIÓN EXCEPCIONAL


¿Qué ocurre cuando no tenemos un medicamento concreto para tratar una enfermedad en una especie animal? En este caso el experto señala que se debe recurrir a la prescripción excepcional.


Existen dos tipos de prescripción excepcional, por vacío terapéutico, lo que se conoce como en cascada, y por desviarse de la posología o vía de administración autorizada, lo que se conoce como “Off label”.


Para que un veterinario pueda recurrir a la prescripción en cascada debe existir un vació terapéutico, es decir, no deben existir medicamentos veterinarios autorizados en España para una enfermedad y una especie animal concretos. Se debe tener en cuenta que esta prescripción excepcional tiene como objetivo evitar un sufrimiento inaceptable al animal.


En este caso, el veterinario asume toda la responsabilidad de forma directa sobre el comportamiento del medicamento en el animal.


“Se debe utilizar el medicamento de la primera fase de la cascada, pasando únicamente a la siguiente fase si éste no existe”, aclara el experto en veterinaria legal.


Las fases de la cascada son:


1. "En la primera fase de la cascada tenemos un medicamento veterinario con un efecto terapéutico similar al deseado para la misma especie animal pero para otra enfermedad (Misma especie pero otra enfermedad), o un medicamento veterinario con un efecto terapeutico similar al deseado para la misma enfermedad pero en otra especie (Misma enfermedad pero otra especie)", explica Andrés Santiago.


2. Medicamento de uso humano autorizado en España o de uso veterinario autorizado en otro Estado de la Unión Europea. En este caso el veterinario debe comunicar a la autoridad competente de su comunidad autónoma su intención para que ésta permita o prohíba por razones de sanidad animal o salud pública su uso.


3. Fórmulas magistrales, preparados oficinales y autovacunas.


Cuando se tratan animales productores se debe tener en cuenta diferentes aspectos, se deben fijar los tiempos de espera adecuados, así como los límites máximos de residuos (LMR) de las sustancias farmacológicamente activas que puede consultarse en el Reglamento (UE) 37/2010. Asimismo, el experto apunta que pueden darse situaciones que no se contemplan en este artículo, en ese caso se deberá acudir a la Agencia Española del Medicamento.

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